RD 723/2026: NUEVAS OBLIGACIONES DE INFORMACIÓN Y TRANSPARENCIA EN LA CONTRATACIÓN LABORAL
Real Decreto 723/2026: nuevas obligaciones de información y transparencia en la contratación laboral
El Real Decreto 723/2026, que entrará en vigor el 5 de octubre de 2026, refuerza las obligaciones de información que las empresas deben facilitar a las personas trabajadoras sobre las condiciones de trabajo. La norma transpone la Directiva (UE) 2019/1152 y obliga a revisar los modelos de contratos y la documentación laboral utilizada en los procesos de contratación.
Una de las principales novedades es que, a partir del 5 de octubre de 2026, junto con el contrato de trabajo deberá entregarse una hoja o documento informativo que recoja las condiciones esenciales de la relación laboral, salvo que toda esa información ya figure de forma completa en el propio contrato. La entrega podrá realizarse en papel o formato electrónico y deberá efectuarse al inicio de la relación laboral.
¿Qué información debe contener la hoja informativa?
La información mínima que deberá facilitarse al trabajador incluye, entre otros aspectos:
1.- Identificación de las partes contratantes.
2.- Fecha de inicio de la relación laboral y, en contratos temporales, duración o fecha prevista de finalización.
3.- Centro de trabajo y lugar habitual de prestación de servicios.
4.- Grupo profesional, puesto de trabajo y funciones.
5.- Salario base y complementos salariales, así como los criterios de percepción de conceptos variables.
6.- Jornada de trabajo, distribución horaria, turnos, trabajo nocturno y posibles sistemas de jornada irregular.
7.- Régimen de horas extraordinarias.
8.- Vacaciones y procedimiento para su disfrute.
9.- Plazos de preaviso y condiciones de extinción del contrato.
10.- Duración y condiciones concretas del período de prueba.
11.- Convenio colectivo aplicable, con identificación suficiente para su localización.
12.- Medidas de formación proporcionadas por la empresa.
13.- Información sobre sistemas automatizados o algoritmos que puedan influir en aspectos como la asignación de tareas, horarios, retribución, promoción profesional o extinción del contrato.
14.- Información sobre igualdad, protocolos frente al acoso y otros planes o medidas aplicables en la empresa.
La nueva regulación no obliga a modificar los contratos ya vigentes, aunque los trabajadores podrán solicitar la información adicional prevista en la norma y la empresa deberá facilitársela en los plazos establecidos.
En consecuencia, las empresas deben aprovechar las próximas semanas para actualizar sus modelos de contrato y preparar una hoja informativa estandarizada, adaptada a cada puesto y modalidad contractual, que garantice el cumplimiento de las nuevas exigencias de transparencia laboral a partir del 5 de octubre de 2026.