jERA y Dagaz ASESORES

ASESORÍA PARA EMPRESAS

En Jera asesores nos mueve la motivación de hacer crecer a las empresas que confían en nuestra firma. Nuestro equipo de asesores de empresa especializados en las diferentes áreas de la asesoría, dan cobertura a todas las necesidades que tu negocio precise. Y si eres autónomo o emprendes un negocio, déjate asesorar por un equipo de confianza.

PERMISOS RETRIBUIDOS Y EL NUEVO PERMISO CLIMÁTICO

Todos los trabajadores, previo aviso y justificación a la empresa, tienen derecho a ausentarse de su puesto de trabajo, cuando la causa se encuentra recogida en el art. 37 del Estatuto de los Trabajadores.

Estos permisos podrán mejorarse en los Convenios Colectivos de aplicación de cada empresa.

Desde el 30/11/2024 estos son los permisos que puede solicitar el trabajador sin pérdida de remuneración, siempre que haya preavisado y justificado a la empresa su ausencia.

Permisos laborales retribuidos – Iberley

                                 Tipo de permiso

                             Periodo

                                                         Peculiaridades

Matrimonio o registro de pareja de hecho.

15 días naturales.

Accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización.

Cinco días.

Para el cuidado de:

– Familiar hasta el segundo grado por consanguineidad o afinidad. 

– Pareja de hecho o familiares consanguíneos de la pareja de hecho.

– Cualquier otra persona distinta que conviva con la persona trabajadora en el mismo domicilio y que requiera el cuidado efectivo por parte de la persona trabajadora.

Fuerza mayor por motivos familiares urgentes.

Cuatro días.

Puede disfrutarse por horas sueltas.

En caso de enfermedad o accidente de familiares o personas convivientes que hagan indispensable la presencia inmediata de la persona trabajadora.

Art. 37.9 del ET (con efectos de 30/06/2023).

Fallecimiento.

Dos días.

Ampliables a 4 días cuando la persona trabajadora necesite hacer un desplazamiento efectivo.

Por fallecimiento de:

– Cónyuge.

– Pareja de hecho.

– Parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad. 

Traslado del domicilio habitual (mudanza).

Un día.

Cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal/ ejercicio del sufragio activo. (STSJ Galicia, rec. 1094/2017, de 14 de julio, ECLI:ES:TSJGAL:2017:5127).

El tiempo indispensable.

(La duración de la ausencia y a su compensación económica puede encontrarse regulada específicamente).

Se incluyen dentro de este entre otros: la donación de sangre, el desempeño de funciones de jurado y el sufragio activo. También se asimilan (siempre que así se regule en los convenios del sector) la renovación del DNI, la obtención del carné de manipulador de alimentos y la asistencia a juicio como testigo o confesante.

Cuando el cumplimiento del deber suponga la imposibilidad de la prestación del trabajo en más del 20 por 100 de las horas laborables en un período de tres meses, la empresa podrá pasar al trabajador afectado a la situación de excedencia (art. 46.1 del ET) .

Acudir a exámenes (en caso de cursar, con regularidad, estudios para la obtención de un título académico profesional).

Permisos necesarios (regulado por convenio colectivo).

La jurisprudencia considera que la fecha de fijación del examen no depende de la voluntad del interesado. (STSJ de la Comunidad Valenciana, de 30 de septiembre de 1999, ECLI:ES:TSJCV:1999:6161).

Representantes de los trabajadores.

Miembros del comité de empresa.

En función del núm. de trabajadores [letra e) art. 68 del ET y art. 10.3 de la LOLS].

Negociación colectiva.

El tiempo necesario (art. 9.2 de la LOLS) .

Delegados de prevención.

Un crédito horario según número de trabajadores en la empresa para reuniones, visitas, formación, etc.

Por búsqueda de empleo (siempre en caso de despido objetivo).

6 horas durante el periodo de preaviso y la extinción del contrato.

Regulado, aumentado o mejorado según convenio colectivo o acuerdo entre las partes (art. 53.2 del ET) .

Desplazamientos temporales (por razones económicas, técnicas, organizativas o de producción, o bien por contrataciones referidas a la actividad empresarial).

4 días por cada desplazamiento de 3 meses.

El trabajador deberá ser informado del desplazamiento con una antelación suficiente a la fecha de su efectividad (no inferior a cinco días laborables).

El desplazamiento ha de exigir residencia en población distinta de la de su domicilio habitual.

Con independencia de salarios, gastos de viaje y dietas (art. 40.6 del ET) .

NUEVO: Permiso climático ante la imposibilidad de acudir al trabajo como consecuencia de fenómenos meteorológicos extremos.

Transcurridos los cuatro días, el permiso se prolongará hasta que desaparezcan las circunstancias que lo justificaron, no obstante, las empresas podrán pasar a las personas trabajadoras a un ERTE de fuerza mayor.

Hasta 4 días

Por imposibilidad de acceder al centro de trabajo o transitar por las vías de circulación necesarias para acudir al mismo, como consecuencia de las recomendaciones, limitaciones o prohibiciones al desplazamiento establecidas por las autoridades competentes, así como cuando concurra una situación de riesgo grave e inminente, incluidas las derivadas de una catástrofe o fenómeno meteorológico adverso [apdo. 3.g) del art. 37 del ET, con efectos de 30/11/2024].

En los supuestos de nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento, [art. 45.1.d) del ET], las personas trabajadoras tendrán derecho a una hora de ausencia del trabajo, que podrán dividir en dos fracciones, para el cuidado del lactante hasta que este cumpla nueve meses.

Una hora diaria de ausencia del trabajo (o su división en 2 fracciones).

Reducir media hora la jornada laboral.

Acumular jornadas completas. 

La duración del permiso se incrementará proporcionalmente en los casos de parto, adopción o acogimiento múltiples.

Este permiso puede sustituirse por una reducción de jornada en los términos establecidos en el art. 37.4 del ET.

Nacimientos de hija o hijo prematuros o que, deban permanecer hospitalizados a continuación del parto.

Las personas trabajadoras tendrán derecho a ausentarse del trabajo durante una hora.

En paralelo tendrán derecho a reducir su jornada de trabajo hasta un máximo de 2 horas, con la disminución proporcional del salario.

Para el disfrute de este permiso, se estará a lo previsto en el art. 37.7 del ET.

Permiso para exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto. 

Tiempo indispensable para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto

(En caso de que dichos exámenes tengan lugar durante el horario de trabajo).

Letra f) del apdo. 3 del art. 37 del ET.

Permiso en los casos de adopción o acogimiento, o guarda con fines de adopción.

Tiempo indispensable para la asistencia a las preceptivas sesiones de información y preparación y para la realización de los preceptivos informes psicológicos y sociales previos a la declaración de idoneidad.

Letra f) del apdo. 3 del art. 37 del ET.

Permiso con reserva de puesto de trabajo para asistencia a curso de formación.

Permiso retribuido de veinte horas anuales de formación profesional para el empleo:

a) La formación ha de ser vinculada a la actividad de la empresa.

b) Acumulables por un periodo de hasta cinco años.

c) Al menos un año de antigüedad en la empresa.

El trabajador tendrá derecho (art. 23.1 del ET) :

a) Al disfrute de los permisos necesarios para concurrir a exámenes, así como a una preferencia a elegir turno de trabajo y a acceder al trabajo a distancia, si tal es el régimen instaurado en la empresa, y el puesto o funciones son compatibles con esta forma de realización del trabajo, cuando curse con regularidad estudios para la obtención de un título académico o profesional.

b) A la adaptación de la jornada ordinaria de trabajo para la asistencia a cursos de formación profesional.

c) A la concesión de los permisos oportunos de formación o perfeccionamiento profesional con reserva del puesto de trabajo.

d) A la formación necesaria para su adaptación a las modificaciones operadas en el puesto de trabajo. La misma correrá a cargo de la empresa, sin perjuicio de la posibilidad de obtener a tal efecto los créditos destinados a la formación.

El tiempo destinado a la formación se considerará, en todo caso, tiempo de trabajo efectivo.

Los trabajadores que tengan la consideración de víctima de violencia de género o de terrorismo.

Para hacer efectiva su protección o su derecho a la asistencia social integral.

Art. 37.8 del ET; Ley 10/2021, de 9 de julio; Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre; Ley 4/2023, de 28 de febrero; convenios colectivos o acuerdos.

Reducción de la jornada de trabajo con disminución proporcional del salario o reordenación del tiempo de trabajo, a través de la adaptación del horario, aplicación del horario flexible o de otras formas de ordenación del tiempo de trabajo que se utilicen en la empresa.

Realización de su trabajo total o parcialmente a distancia o dejar de hacerlo si este fuera el sistema establecido, siempre que, en ambos casos, esta modalidad de prestación de servicios sea compatible con el puesto y funciones desarrolladas por la persona.

Funciones sindicales o de representación del personal

Por el tiempo indispensable.

En los términos establecidos legal o convencionalmente [arts. 10.3 de la LOLS y 37.3.e) y 68 del ET].

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Datos de contacto:

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C. Azuela, 48, of 2b, 28400 Collado Villalba, Madrid.

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