En noviembre de 2023 ya os adelantábamos la obligación que tiene España de transponer la Directiva (UE) 2020/285 la cual obliga nuestro país a incorporar el Régimen de Franquicia del IVA, antes del 1 de enero de 2025.
Como explicábamos en nuestra noticia https://jera-asesores.com/?p=1814, las empresas y autónomos con una cifra máxima de ingresos anuales a determinar todavía por nuestros legisladores, no tendrían obligación de presentar autoliquidaciones trimestrales de IVA, ni a cobrar el IVA en sus facturas de ventas, aunque si seguirán pagándolo en sus facturas de gastos, quedándose sin posibilidad de deducirlo.
La Directiva de la UE establece que las empresas y autónomos que no superen los 85.000,00 € de ingresos anuales, podrían incorporarse al Régimen de Franquicia de IVA, pero España puede rebajar este límite
Estando ya cercana la fecha máxima para la trasposición de la norma europea, el Gobierno español sigue sin publicar la legislación correspondiente a la transposición, por lo que seguimos sin poder establecer mas concretamente que autónomos y/o empresas podrán beneficiarse de ella, ya que en el caso de que la actividad tuviera un volumen alto de gastos varias publicaciones no solo no la ven aconsejable, si no que proponen estudiar la situación concreta antes de darse de alta.
Seguimos esperando ……